
Cambios en el régimen de tránsito: licencias digitales sin vencimiento e infracciones graves
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En el país ya comenzó a regir un nuevo esquema para las licencias de conducir con la reforma a la Ley Nacional de Tránsito. Las nuevas credenciales, completamente digitales, ya no tendrán fecha de vencimiento, aunque los conductores deberán cumplir con evaluaciones periódicas para mantener su habilitación.
El Decreto 196/2025 establece que las personas de entre 17 y 65 años deberán actualizar su aptitud para conducir cada cinco años, mientras que los mayores de 70 deberán hacerlo anualmente. Este proceso de renovación incluye la realización de chequeos psicofísicos y la actualización de datos personales para garantizar que los conductores sigan siendo aptos para manejar.
Sin embargo, las multas impagas continúan siendo un obstáculo para los conductores. Aunque ya no impiden la venta de vehículos, sí bloquean la posibilidad de renovar o validar la licencia, incluso en su nuevo formato digital.
Es importante destacar que, aunque esta normativa es de alcance nacional, su implementación depende de la adhesión de cada jurisdicción. Provincias como Río Negro y Salta, por ejemplo, optaron por mantener criterios propios y no adoptaron el nuevo esquema.
De forma complementaria, el Ministerio de Transporte difundió el listado completo de infracciones graves que pueden derivar en la suspensión o inhabilitación de la licencia de conducir, en el marco del sistema de puntos por infracciones. Entre ellas se incluyen:
- Conducir bajo efectos de alcohol o drogas.
- Negarse a realizar controles de alcoholemia.
- Exceso de velocidad grave.
- No respetar semáforos o señales de tránsito.
- Circular sin la documentación obligatoria.
- Transportar menores sin la debida sujeción.
- Huir de un control o participar en picadas ilegales.
Cada infracción descuenta una cantidad determinada de puntos (de un total inicial de 20), y la acumulación de sanciones puede llevar a la inhabilitación para conducir por períodos variables.