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Corrientes - CASO CHIAMA: Declaró el juez acusado y mañana serán los alegatos del Fiscal General y la defensa

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En la jornada de hoy, el Jurado de Enjuiciamiento bajo la presidencia del doctor Alejandro Alberto Chaín, ministro del Superior Tribunal de Justicia, escuchó a tres testigos y al acusado doctor Carlos Chiama que comenzó su relato a las 11.30 y finalizó a las 12.15 aproximadamente.

Mañana se esperan los alegatos del Fiscal General del Poder Judicial, doctor César Pedro Sotelo y de la defensa particular de Carlos Chiama ejercida por los doctores Marcelo Midón y José María Arrieta.

Luego el jurado pasará a deliberar y se conocerá el veredicto.

A Chiama se lo acusa por “mal desempeño” en sus funciones (artículo 197 de la Constitución Provincial y el artículo 15 de la Ley 5848).

La jornada de hoy

A las 9 horas se reanudó hoy el Jury y después de constatado el quórum por Secretaría, a cargo de la doctora María Juliana Ojeda se escuchó a la primer testigo, una ex  ordenanza que actualmente se desempeña en otra oficina judicial pero que prestó servicio tiempo atrás en el  Juzgado de Paz Barrial. La testigo solicitó que el doctor Chiama no esté presente en el salón mientras declaraba y por ello se retiró a una sala contigua.

La segunda testigo fue una empleada de Recursos Humanos del Poder Judicial, integrante del Programa de Bienestar Laboral.

Y la última, única testigo propuesta por la defensa, fue una abogada ex empleada administrativa del Juzgado de Paz Barrial quien se desempeñó en Mesa de Entradas.

Al finalizar las testimoniales, desde las 11.40 horas declaró el magistrado acusado quien negó rotundamente los hechos que se le imputan y dio su versión de los hechos.

Alegatos y veredicto

Mañana será el turno de los alegatos. Las partes, el Fiscal General y la defensa tendrán 40 minutos (repartidos en dos partes de 20 minutos con cuarto intermedio para cada una de las partes) para alegar y luego el Jury pasará a deliberar para dar un veredicto.

Audiencia a puertas cerradas: fundamentos

El Jurado de Enjuiciamiento resolvió realizar la audiencia a puertas cerradas para proteger la intimidad de las personas involucradas, en particular de la denunciante, y garantizar el adecuado desarrollo del proceso. La decisión se adoptó conforme lo dispuesto por los artículos 25 de la Ley 5848 y 29 del Reglamento Interno, que permiten restringir el acceso al público cuando razones de moralidad, orden público o las garantías del debido proceso lo justifiquen.
En este caso, el Jurado consideró especialmente los principios establecidos en la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, para prevenir la revictimización y preservar el equilibrio entre el derecho a la información y los derechos de las partes. Solo pueden ingresar a la sala de debate las personas esenciales para el proceso o aquellas que acrediten un interés legítimo ante la Secretaría.
La cobertura periodística se hará a través de gacetillas oficiales periódicas, que incluirán información e imágenes sin vulnerar la privacidad de los testigos ni exponer datos que permitan identificarlos, salvo con su consentimiento.

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