
Pensiones discapacidad: actualizaron las condiciones para determinar la invalidez laboral
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El Gobierno nacional aprobó un nuevo baremo para evaluar qué condiciones médicas corresponden a invalidez laboral en el marco de las pensiones no contributivas. Estos nuevos criterios fueron anunciados por medio de la Resolución 187/2025, publicada en el Boletín Oficial.
"Apruébese el Baremo para la evaluación médica de invalidez de las Pensiones no Contributivas por Invalidez Laboral en los términos del Artículo 9° de la Ley N° 13.478″, se estableció en el documento firmado por Diego Orlando Spagnuolo, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad.
Asimilismo, el Poder Ejecutivo consideró: "En virtud de las recomendaciones realizadas por la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas de la Agencia Nacional de Discapacidad, resulta procedente aprobar un baremo médico que contenga los lineamientos para el análisis del grado de invalidez laboral".
Por su parte, en el baremo se presentó una serie de apartados que evalúan "cualitativamente" el grado de deterioro psicofísico según la condición. "La presente normativa permite contar con una clasificación para cada aparato o sistema, de los distintos grupos de afecciones psicofísicas según sean causales de incapacidad laboral suficiente para el otorgamiento del beneficio, evaluable, baja o nula", señalaron.